¿Existen ejercicios contraindicados o desaconsejados?

Publicado 12 de mayo de 2021, 12:21

Ejercicios contraindicados o desaconsejados

“No existen ejercicios desaconsejados o contraindicados solo mal o bien aplicados”, “no existen ejercicios contraindicados o desaconsejados más bien técnicos incapaces…”, etc.. son algunas de las afirmaciones que constantemente expresan aquellos que buscan crear un debate donde, desde nuestra perspectiva, no tiene mucho sentido crearlo si se atiende a dos cuestiones:

1.- La adecuada utilización de los términos y su comprensión, que contextualizará y permitirá dimensionar adecuadamente aquello que tiene que ver con el denominado “ejercicio desaconsejado”

2.- ¿Se conoce el nivel de evidencia científica existente en torno a la cuestión del denominado “ejercicio desaconsejado o contraindicado”?

Vamos a intentar desarrollar las mismas y quizás (ese sería el objetivo) lograr cierto consenso que nos ayude a progresar y eliminar discusiones estériles.

A este respecto debemos considerar estas dos cuestiones clave:

- ¿Podrían existir evidencias de que alguna de estas acciones articulares o, ni tan siquiera eso, alguno de los rangos articulares en dichas acciones articulares sean “críticos” y sometan a las estructuras a un estrés que no sea bien tolerado por las mismas?

- ¿Cualquier movimiento o conjunto de movimientos realizados con ciertas variables como frecuencia, duración, intensidad, descanso, etc., poseen la misma capacidad de generar respuestas positivas y adaptaciones?

Creo que cada uno de vosotros podréis responder a estas dos preguntas y, lo que es más importante, hacerlo desde el conocimiento del grado de evidencia surgida de la investigación especialmente en los últimos 15 años.

La primera pregunta se responde con un rotundo: “SÍ”. Hay suficiente grado de evidencia (Rodríguez et al., 2008; Colado y García-Masso, 2009; Heredia et al., 2011) en el sentido de algunas acciones o rangos articulares de alguna de ellas que pueden suponer un elevado riesgo para la salud e integridad estructural y funcional (a este respecto podréis encontrar algunas referencias recomendadas al final del blog). En cualquier caso la ciencia esta siempre abierta a cuestionarse cualquier aspecto (pero desde las reglas de la propia ciencia y no desde la base de las creencias o las opiniones) y puede que alguien pueda manifestar su discrepancia, en este caso es bastante sencillo, bastará con exponer su hipótesis y aportar alguna demostración o evidencia al respecto siempre en el marco del método científico (cuyas normas rigen dicho proceso), no bastará simplemente con una “opinión”.

La segunda pregunta puede quedar respondida con la misma rotundidad con un: “NO”. Hoy ya es conocida la necesidad de superar ciertos umbrales para estimular adaptaciones sobre el sistema psico-biológico a fin de provocar adaptaciones. No basta con moverse, hay que hacerlo de manera adecuada y en la dosis adecuada para lograr mantener y mejorar la salud en un entorno socio-laboral que condiciona el estado, condición y evolución de dicho sistema psico-biológico a lo largo de la vida del sujeto.

Así pues, podemos afirmar con bastante seguridad de que existen acciones o rangos articulares que, por decirlo de forma sencilla, pueden poseer mayor riesgo que beneficio (por tanto logrando igual o menor eficacia con mayor riesgo, algo que iría en contra de los principios básicos de un programa de entrenamiento orientado a la salud. En dichos programas no se puede supeditar ciertos logros sacrificando la “seguridad” y por tanto la salud del sujeto).

A partir de aquí ¿podríamos hablar en tal caso de ejercicios “desaconsejados” o “contraindicados”? o, ¿por el contrario y como afirman algunos especialistas, los mismos no existen?.

Analicemos los siguientes términos:

La palabra “desaconsejado” se define según la como “que obra sin consejo ni prudencia y solo por capricho”

Así pues podríamos entender que un ejercicio podría estar desaconsejado cuando se realice “sin consejo” (es decir hecho sin ningún de conocimiento ni orientación en relación a lo adecuado para lograr los objetivos y beneficios, con inadecuada dosis, etc…), “sin prudencia” (o sea no minimizando el riesgo y asegurando su eficacia) y/o “por capricho” (sin criterios adecuados para su selección, sin considerar todos los aspectos que engloban dicha variable).

Por tanto, es adecuado la utilización de dicho concepto de “ejercicio/s desaconsejado/s”, tratándose, no solo de no valorar adecuadamente el componente de seguridad (recordemos que dicha variable es una parte de la variable de “selección de ejercicio”, y que la misma queda definida con el criterio de “eficacia” y “funcionalidad”) (Heredia et al, 2011) sino de aquel o aquellos ejercicios que son desarrollados sin la adecuada dosis y utilización de criterios de programación para mantener o mejorar la salud.

El término “contraindicado” viene definido como aquello “Dicho de un agente terapéutico: Perjudicial en una determinada afección o dolencia” (DRAE).

Por tanto, analizando lo expuesto la utilización del concepto de “ejercicio/s contraindicado/s” podría existir en el contexto de una utilización inadecuada de uno o varios ejercicios en el ámbito del entrenamiento en personas con patologías (queda claro que aquí habrá ejercicios que podrían ser perjudiciales en función de determinadas patologías o pacientes). Igualmente si consideramos las evidencias actuales (Pedersen & Saltin, 200&) (en su mayoría de tipo “A”) respecto al valor potencial del ejercicio en la patogénesis (prevención), así como el tratamiento (reducción de la sintomatología y cronificación) de la mayoría de enfermedades crónicas modernas no transmisibles, cuando dicho ejercicio se realice en el contexto de un programa para la salud (como único objetivo) podría ser considerado un “agente terapéutico” y, por tanto, de nuevo una inadecuada selección o manejo de su dosis podría llegar a ser perjudicial en dicho contexto.